martes, 31 de diciembre de 2019

PORTEROS DE EDIFICIOS: LOS “QUERIDOS” DE LOS CONSORCIOS


Por Dr. Francisco Dicchiara       
                            
Cuando en el mundo más desarrollado la figura del “portero” -con o sin vivienda en el edificio- va paulatinamente desapareciendo, en nuestro país -a contramano de toda natural evolución-,  sucede lo contrario.

Dos ejemplos de países de diferente extracción cultural, España y Alemania, ilustran sobre el particular. Así  tenemos que en ciudades cosmopolitas como Barcelona y Madrid (España) es aceptado que edificios comerciales y de viviendas de más de 5 pisos cuenten con un conserje (portero), pero cada vez con más resistencias. En condominios de menos de 5 pisos prácticamente ya no existen. Muchas comunidades de propietarios (que en nuestro país  se llaman consorcios) aprovechan la oportunidad de que su  portero se  jubile  para eliminar ese servicio. Aprobado por las mayorías necesarias de la comunidad (consorcio), se decide alquilar la vivienda e incluso venderla.  Por lo que esta figura laboral que había crecido exponencialmente hacia los años ´60 en España, hoy día ha disminuido notoriamente, al punto que ya son pocos los edificios de envergadura media que cuentan con portero y portería.

El caso de Alemania es similar, aunque con los matices propios de la idiosincrasia de ese país. Los alemanes valoran y cuidan mucho el dinero que pagan por un servicio y la contraprestación que reciben a cambio del mismo. Pero además hay un sentido de eficacia, de cooperación y de consenso que está presente en todo lo que hacen. Prima el bien común y  la responsabilidad social. Tienen la voluntad y capacidad de ponerse de acuerdo, y los sindicatos se integran a esta modalidad.  Esto se observa paseando por alguna de sus principales ciudades.  En las entradas de los edificios existen compartimentos a modo de boxes con una llave para cada unidad, donde el cartero deja la correspondencia, y luego cada habitante lo abre para retirar la suya, sin la necesidad y la comodidad de que un empleado (portero) se la acerque o tire debajo de la puerta. La limpieza de las partes comunes la organiza cada edificio según consenso, es decir, lo deciden los habitantes de las unidades, no el sindicato ni la administración,  bien contratando a un tercero o distribuyendo la tarea entre los vecinos. Por todo lo dicho, se entiende que también en Alemania la figura del portero – y su vivienda, la portería- es una especie en extinción.     

En países como Argentina donde la libertad y la decisión y elección de los vecinos está cada vez más cercenada por normativas sindicales y gubernamentales que, encima, no son del todo claras, todavía nos seguimos preguntando si en ciertos casos, como ser consorcios de pocas unidades, es “obligatorio” o no tener un portero encuadrado en el régimen del Sindicato de edificios de Renta (Suther). En el año 2014 una Resolución de la Afip (RG 3634) dispuso la cantidad “mínima y obligatoria” de trabajadores encuadrados en el Suther que debe tener cada consorcio,  y lo dispuso a partir de las cinco (5) unidades. Una Resolución muy cuestionada -puesto que la AFIP carece de  facultades para obligar a contratar personal-, pero que todavía no fue anulada.   Y ante la falta de claridad en las normas, producto del trabajo deficitario de nuestros legisladores, los propietarios viven con el temor de infringir la Ley y quedar expuestos a juicios laborales.

Respecto a la vivienda-portería: En la ciudad de Buenos Aires (hablo de Buenos Aires porque cada jurisdicción dicta sus propias normas),  la obligación de construir una vivienda para el encargado fue establecida en el código de edificación votado por los legisladores porteños. Para simplificar recordemos solo la última modificación referida a esta exigencia que fue sancionada por la Ley 2428, art. 4.8.8., del año 2007, la que estableció que  Todo edificio que conste de quince (15) o más unidades, o supere los ochocientos (800) metros cuadrados o tenga cuatro (4) o más pisos, deberá poseer una vivienda destinada al encargado del edificio que cuente como mínimo de una sala común (o comedor), dos dormitorios, baño y cocina (… ) La vivienda del encargado deberá contar con los mismos servicios centrales, de confort y necesidad que las restantes unidades sin perjuicio de la obligatoriedad que se establece en el art. 4.8.2.1., y en ningún caso podrá tener más ambientes que la unidad funcional de mayor tamaño”.  Lo dispuesto en esta ley rige para las construcciones que se realicen a partir de su entrada en vigencia, es decir  del 03/10/2007. 

Posteriormente y a propuesta del Jefe de gobierno Horacio Rodriguez Larreta,  la legislatura porteña votó la ley de Consorcio Participativo (Ley 5983 de 07- 2018), que resultó ser todo un avance en cuestiones de administradores de consorcios y control de la gestión de éstos por parte de los propietarios. Referido al tema que nos ocupa, la Ley establece “eliminar la obligación de construir vivienda para el encargado” (portero) a fin de bajar tanto los costos  de la construcción como  también el costo de mantenimiento de los servicios de la vivienda del portero en las expensas.  Pero como comenté en otro artículo (https://gabrielagatino.blogspot.com/2019/10/historia-viva-expensas-y.html), esta interesante propuesta (Consorcio participativo) está sufriendo las resistencias y el  lobby de las cámaras empresarias de la propiedad horizontal que buscan desprestigiarla con la finalidad de que no llegue a aplicarse.

Más allá de estas cuestiones legales o de interpretación legal en nuestro país,  hay otras que tienen que ver con los usos y costumbres. Tal es el caso de que al portero se le paga, además del sueldo por su trabajo y el beneficio de utilizar una vivienda en el edificio -si éste la tiene-, una infinidad de gastos personales como ser la luz y el gas de la vivienda de portería para consumo propio y de su grupo familiar (¡imagínese que algo así se planteara en Alemania!), el teléfono fijo de la unidad y el abono de su celular personal (aunque hoy día el whatsapp es gratis), el taxi (porque ellos no viajan en colectivo) para ir a un curso del sindicato o a realizar alguna compra encargada por el administrador, etc, etc.  Algunos consorcios también le permiten guardar su auto o camioneta en el garaje del edificio. O sea que el señor portero vive gratis. O sea,  es un mantenido. O sea… podríamos concluir que el portero es un “querido”, el “querido” de los consorcios.   

Y como ningún vecino quiere ser el malo que cuestione estos procederes injustos y fuera de todo sentido común (pues lo honesto es que el portero cobre el sueldo que le corresponde por el trabajo que realiza, pero pague los consumos de sus gastos personales), entonces  todo el mundo calla y consiente en ser abusado económicamente, tanto por el trabajador como por la administración, que replica que se trata de “derechos adquiridos”.  Si algún valiente vecino osa  quejarse, recibe a cambio difamación (alentada por la misma administración del consorcio) y reprimendas del portero (no le entrega la correspondencia,  etc, etc). 

Esta actitud de callar de los vecinos tal vez esconda algo de su irresponsabilidad por pedir al portero  favores personales en sus viviendas, incluso en su horario de trabajo. Siempre hay alguien que necesita que le cambien la bombita, le destapen una cañería, le cambien el cuerito a la canilla que pierde, le pinten el techito del baño o le enciendan el calefón que se le apagó. Hay entre los vecinos  poca conciencia de los derechos y obligaciones de vivir en comunidad. Nos falta esa consciencia y esa sensibilidad. (por supuesto hay excepciones, y consorcios dignos que respetan y se hacen respetar). Y en referencia al trabajador (el portero), cada vez que se suscita una cuestión laboral hay un hábito muy argentino de pensar siempre en términos de sus derechos, nunca de sus obligaciones. Una falencia cultural que habrá que revisar. 

En países más avanzados no existen organizaciones  poderosas  como los son aquí  el sindicato de personal de edificios de propiedad horizontal (Suther) o la cámara de la propiedad horizontal que nuclea a los administradores de consorcios, porque el poder real lo tienen los propietarios. En argentina el poder de los propietarios está anulado, eclipsado por el de estas organizaciones.

En los últimos 10 años el valor de las expensas se fue incrementando de forma exponencial, al igual que la cantidad de edificios nuevos, al menos en la ciudad de Buenos Aires. La mayor incidencia en los gastos prorrateados de las expensas corresponde al portero. Y no solo por su sueldo. Más  gravosas son las “contribuciones patronales” que están obligados a pagar al sindicato Suther los consorcios por ser empleadores. A título informativo estas son: 

FaTeryH- Fondo Maternidad, vivienda y desempleo
        4,-%
Resolución adecuada de conflictos entre trabajadores y empleadores de renta y horizontal (SERACARH
        0,5%
Caja de protección a la familia (CPF)
        1,5%
Total contribuciones patronales - % sobre la masa salarial bruta
        6.-%
Más: Suma fija: Contribución solidaria Obra Social CCT 589/10
       $250,-

Este porcentaje de contribución patronal y la suma fija por cada trabajador es puro costo para el consorcio y un aporte directo a la caja del sindicato. Es diferente a los aportes y contribuciones realizados al Régimen de seguridad social y obra social que ingresan a las cajas respectivas para financiar la obra social del trabajador y su futura jubilación. 

En algún momento habrá que analizar la eliminación de estas contribuciones “patronales” sindicales en cabeza de los consorcios de viviendas, pues el espíritu de toda contribución patronal se relaciona con el concepto de empresa  y la obtención de lucro, y los edificios de viviendas son un consorcio, no una empresa; es decir, la contratación de su personal no obedece a la realización de una actividad comercial. Pero esto es materia para un análisis más profundo que va a dar que hablar  por los intereses que involucra. 
     
Para finalizar,  un saludo a  nuestros “queridos” porteros.

11 comentarios:

  1. Los porteros son unos mantenidos!

    ResponderBorrar
  2. Los sindicatos están para proteger al trabajador, estaría bueno que denunciaran a quienes NO TRABAJAN en vez de protegerlos.

    ResponderBorrar
  3. me gusta lo de eliminar las contribuciones sindicales en edificios de vivienda. es razonable, ya que el propietario no es un empresario con fin de lucro, no es un capitalista

    ResponderBorrar
  4. Los administradores los tienen de alcahuetes y ellos aprovechan para sacar ventajas de todo tipo. Total los que pagamos somos los propietarios!!

    ResponderBorrar
  5. Por qué hay que pagarles la luz, el gas y el teléfono al portero?? Nosotros tratamos de ahorrar cuidando el consumo y el señor y su familia gastan lo que quieren, porque total se lo pagan??

    ResponderBorrar
  6. Yo no los llamo "queridos", sino "becarios"!!
    Donde vivo sacamos al encargado y alquilamos la portería. Contratamos a una señora que va 2 o 3 veces por semana a limpiar. Los vecinos nos encargamos de sacar la basura y repartirnos la correspondencia. CONCLUSION = LAS EXPENSAS BAJARON UN 60 % DE POR VIDA !!!!!

    ResponderBorrar
  7. He observado que los porteros progresan rápidamente... ahora entiendo... Los dos que hemos tenido en el edificio tienen camioneta 4x4, y dto de renta en alquiler. Los paraguayos, mandan dinero a su pais y además se hacen de una propiedad allá. Todo a costa nuestra. Basta de que nos chupen la sangre! ¿Cuándo va a intervenir el gobierno en esto?

    ResponderBorrar
  8. Los administradores y los porteros/Suther, "nos viven"... a los propietarios y a quienes alquilan las propiedades. Nunca se vio un robo de tamaña cuantía, descaradamente, expensas tan elevadas. ¿Cómo es posible que ninguna organización de defensa al consumidor, ningún gobierno haga algo al respecto? Qué mal estamos los argentinos...

    ResponderBorrar
  9. Lástima que la gente sea tan chupamedias y falsa... que quieren quedar bien con el portero y con la administración... se joden, se dejan abusar, pero no dicen ni ah!!!

    ResponderBorrar
  10. Esto pasa por los vecinos alcahuetes y falsos

    ResponderBorrar

Puedes publicar comentarios de manera anónima